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Artículo 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) by Aprende la Ley

Jan 21, 20201:44News & Politics

Artículo 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas. 1. Las Administraciones Públicas deberán: a) Respetar el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias. b) Ponderar, en el...